sábado, 15 de agosto de 2015

Demanda de Adopcion

                                                 Secretario.  : Abog.                                                                                                                   Expediente  : Nro.                                                                                                                     Cuaderno.   : Principal                                                                                                               Escrito.      : Nro. 01                                                                                                                  Sumilla.      : Interpongo Demanda Sobre:Adopción de menor

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SEÑOR JUEZ  DEL JUZGADO DE  FAMILIA  DE LA PROVINCIA DE SAN  ROMÁN -  JULIACA  EN TURNO.

LUIS FRANCISCO CARRAZCO ZEGARRA mayor de edad de Nacionalidad Peruano, estado civil viudo, Identificado con D.N.I Nro. 02375098 domiciliado en Jr. Ica Nro. 215 del distrito de Juliaca  y señalando domicilio Procesal en el ”Jr. Tumbes Nro. 262 Int 4  del cercado, a  Ud., respetuosamente manifiesto, que:
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                                   En  uso regular del Derecho de Acción, así como, Invocando  Legitimidad e Interés para obrar, recurro  ante el Juzgado que se merced despacha, en forma Personal y Directa  para SOLICITAR: Tutela Jurisdiccional Efectiva, para que por su intermedio se dé la solución a la incertidumbre jurídica suscitada. Sujetándome, para todo efecto, a las normas que garantizan el debido proceso.

NOMBRE Y DIRECCIÓN  DEL  DEMANDADO:

La presente demanda la dirijo contra:

1.- ANA BEATRIZ QUISPE MACHACA quien tiene por domicilio en el  Jr. Tumbes Nro. 1520 del distrito de Juliaca y a NICOLAS TOLENTINO QUISPE GOMEZ, de quien desconozco su  paradero, por lo que manifiesto bajo juramento que  he agotado las gestiones para conocer su domicilio actual, debiendo procederse de acuerdo al Art. 435 y 758  del Código Procesal Civil.      
 
2.- Con citación del Ministerio Publico específicamente la fiscalía especializada en familia quien tiene por dirección Jr. Azángaro N° 118, Juliaca.

                                  I.- PETITORIO:

                      Recurro, ante su Judicatura, con el Objeto,  de Interponer demanda, la misma que contiene; LA PRETENSIÓN PRINCIPAL REFERENTE A:

La Declaración judicial sobre Adopción de persona menor de edad, en la vía de excepción, por cuanto no existe declaración de estado de abandono, de ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE y  he residido con la menor  por adoptar, durante un período mayor de dos años. Según  establece el artículo 128 del C.N.A.

                     Consecuentemente, en atención a mis Justas pretensiones
PETICIONO  QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL...

1.-NOMBRE: Un equipo Multidisciplinario encargado de  opinar sobre la plena satisfacción de los derechos y la protección de la niña  como velar por su desarrollo integral y la calidad o nivel de vida adecuada.

2.-DECLARE: Por MANDATO JUDICIAL, La adopción de la menor, ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE, quien dejara de pertenecer a su familia consanguínea y a partir de la inscripción en los registros de estado civil fungirá como hija del recurrente.
 3.-ORDENE: La cancelación de la partida de nacimiento inscrita en los registros de estado civil de la Municipalidad Provincial San Román  signada con el Nro. 099194.
 4.-DISPONGA: Se oficie a la Municipalidad precitada con el propósito de que se aperture  un nuevo certificado de nacimiento con los datos de su nuevo padre.
          
             Con tales propósitos y a efectos  de obtener un pronunciamiento  valido, por el Juzgado, expongo los fundamentos de Hecho y Derecho en forma precisa; con orden y claridad.

               II.- HECHO EN QUE SE FUNDA EL PETITORIO:
                              
                              Hecho Nro. 01.-  El recurrente aproximadamente desde la fecha 07 de enero de Año 2007 ha desarrollado una vida convivencial  con mi  pareja  

ANA BEATRIZ QUISPE MACHACA madre de la menor ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE  La misma que contaba con 9 años de edad habiendo desde aquella fecha  hasta la actualidad  prohijado a la menor.

                                Hecho Nro. 02.- Con la Partida de Nacimiento de la pupila ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE expedida por la Municipalidad Distrital de San Román Juliaca, se acredita su existencia físico legal, quien naciera  el día veinticinco  de Noviembre del mil novecientos noventa y ocho, instrumento en el cual se consigna  que sus padres son: Ana Beatriz Quispe Machaca y  Nicolas Tolentino Quispe Gomez.
                                    Hecho Nro. 03.- Con el Acta de Nacimiento del recurrente que en copia certificada aporto, a esta mi demanda,  acredito mi nacimiento producido en  fecha tres de abril de mil novecientos cuarenta y dos  consecuentemente la edad del adoptante es superior a la suma de la edad de la niña a adoptar y la mayoría de edad es decir mayor de treinta y cuatro años que como mínimo exige nuestro ordenamiento legal.

                          Hecho Nro. 04.- La aptitud jurídica del demandante para optar la adopción se encuentra acreditada verosímilmente, por cuanto soy trabajador en el área de confecciones como acredito con la licencia de apertura de mi establecimiento; emitida por la Municipalidad Provincial de San Román ingresos que se ven fortalecidos por las rentas que me produce el alquiler de dos establecimientos comerciales ubicados en el Pasaje Santa Elisa lo que se verifica con los contratos de alquiler que adjunto, del mismo modo este ingreso queda elevado ostensiblemente por la pensión de viudez que percibo de mi difunta esposa  tal como se constata del reporte en la boleta de pagos del ministerio de educación que añado a mi petición en  ese contexto he acreditado fehacientemente mi capacidad económica   que permitirá atender las necesidades de alimento, vestimenta, educación, salud y recreo  de la menor adoptada. Aunado a la  circunstancia que he procreado al menor LUIS CARRASCO QUISPE  con quien estrechara los lazos filiales la adoptada al ser su hermano el mismo que en la  actualidad cuenta con dos años de edad.

                                     Hecho Nro. 05.- Cabe precisar al Juzgado que desde la edad de ocho años   me hice cargo de la menor ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE proporcionándole todo el cariño además de darles la seguridad económica y moral al cumplir con todas las obligaciones propias de un padre como son alimentación, salud, vestido, educación, recreación, etc. Actos de desprendimiento que  los  acredito con las numerosas boletas sobre educación salud, vestimenta entre otros, adquiridos por el demandante  a favor de la menor adoptada, demostrándose el esmero y dedicación a su favor, como también brindándole  adecuadas condiciones de comodidad y residencia.

                                      Hecho Nro. 06  El recurrente junto con la madre de mi menor  hijo hemos formado una familia siendo el caso, que la menor ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE que  pretendo adoptar me reconoce como su padre,  ya que su ascendente biológico nunca se ha ocupado de su hija, pese a existir una sentencia de alimentos, haciendo caso omiso a ello, por lo que deseo brindarles una estabilidad económica, moral  ya que poseo un trabajo estable que me permite cubrir todas sus necesidades.
                                      Hecho Nro. 07.-   Es necesario poner en conocimiento de Juzgado que el padre de la menor precitada se ha desvinculado por completo de su menor hija razón por la cual y debido a los afectos que hemos generado por nuestra convivencia s que pretendo que lleve legítimamente lleve mis apellidos a través de la adopción.
                           Hecho Nro. 08-   Habiendo cumplido con los presupuestos establecido en la norma es factible  que su despacho ampare mi pretensión.

                     III.- FUNFDAMENTACION JURIDICA.               

a.- NORMAS DE ORDEN SUSTANTIVO.-

Código del Niño y Adolescente:

El Título II del Código de los Niños y Adolescentes (artículos 115 a 132) define y regula las adopciones. De igual forma amparo la presente demanda en los Arts. 3, 8, 11, Art. 85, que se refieren al concepto de Adopción a los requisitos para la adopción de Niños y Adolescentes así como al proceso judicial de adopciones y sus excepciones en el Art. 128º  inc.”B”, que preceptúa que por

Excepción se podrá iniciar acciones judiciales de adopción ante el Juez especializado, sin que medie declaración de abandono del niño o adolescente, cuando exista vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consaguinidad  o segundo de afinidad con el Niño o Adolescente que se va adoptar.”

Art. 22º  Código Civil.  Que preceptúa que el adoptado lleva los apellidos del adoptante.
Art.377º Código Civil. Que preceptúa por la adopción el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea.

b.- NORMAS DE ORDEN PROCESAL.-
Las mismas que se encuentran amparadas en lo establecido por los Art. 130, 131, 132, 133, 424, 425, del Código Procesal Civil, en cuanto se refieren; a la forma del escrito, suscripción por el litigante, autorización por letrado, copias  para el traslado, requisitos y anexos de la demanda.
Art. I del titulo preliminar del C.P.C.

                                 IV.-  MONTO DEL PETITORIO:

                                    Por la naturaleza de mi petición esta no es valuable económicamente por lo que al amparo del inciso 424 del inciso 8

 V.- VIA PROCEDIMENTAL:
                                 Por la naturaleza de la pretensión, la mecánica procedimental en la que ha de sustanciarse el presente asunto, corresponde, al de la  VIA DEL PROCESO  UNICO en conformidad con lo dispuesto por las normas procesales vigentes.
                                  VI.- MEDIOS PROBATORIOS:
Para acreditar los extremos de nuestras  pretensiones  ofrezco  los siguientes medios de prueba, típicos.

 DOCUMENTOS:
1.- Partida de Nacimiento de la menor ANABEL LUCERO QUISPE QUISPE  que obra en la Municipalidad Distrital de Juliaca, con número 099194. Documento  con el que acredito la existencia física de la menor.
2.- Ofrezco la constancia de estudios de la menor ANABEL QUISPE QUISPE documento con el que acredito que los gastos lo efectúa mi persona.
3.- Ofrezco diversas  tomas fotográficas para acreditar que la menor está bajo mi cargo desde los nueve años a la fecha.
4.- Certificado de la gobernación de no tener trámites administrativos Documento con el que acredito que no tengo antecedentes de ninguna naturaleza.
5.- Contrato de alquiler del bien inmueble de mi propiedad, documento con el que acredito que percibo ingresos económicos para satisfacer las necesidades de la menor.
6 Declaración Jurada debidamente legalizada de poseer solvencia moral del recurrente
7 Declaración Jurada debidamente legalizada de poseer solvencia económica del recurrente
8.- Asentimiento de mi  conviviente para la adopción de la menor Anabel Quispe Quispe.
9.- Diversas boletas de gastos con relación a vestimenta, educación y otros. Documentos con los que acredito hacer gastos en la menor por adoptar.
10.- Licencia de apertura de establecimiento comercial. Documento con el que acredito tener un ingreso adicional para mi supervivencia.
11.- Boletas de  pago por seguro de viudez a mi favor. Documento con el que acredito que tengo un ingreso mensual y solvencia económica.
12.- Contrato de alquiler de dos ambientes de mi propiedad  documento con el que acredito que percibo un ingreso mensual.
13.- Testimonio de compra venta del bien Inmueble de mi propiedad. Documento con el que acredito que tengo la posesión y la titularidad.

OFREZCO LA DECLARACION  REFERENCIAL de la menor ANABEL QUISPE QUISPE  a efectos para que preste su consentimiento.
 DECLARACION TESTIMONIAL.
 Ofrezco las testimoniales de:

1.- BLANCA TITO CHOQUE  identificada con DNI 02416668 de ocupación  comerciante Quien tiene por domicilio real en el Jr. San Juan de Dios Nro. 596 de esta localidad de Juliaca.

2.- JUANA INES COA   QUIRA   identificada con DNI 44003072  Quien tiene por domicilio real en la Av. Manuel Núñez Butrón  Nro. 120  de esta localidad de Juliaca.

3.- OSCAR HUANACUNI LIRA  identificada con DNI 80662277 Quien tiene por domicilio real en la Av. Manuel Núñez Butrón  Nro. 601  de esta localidad de Juliaca.
                                  Quienes declaran sobre la solvencia moral de su presentante así como  el haberla resguardado como su hija desde aproximadamente ocho años  atrás.
                                  VII.- ANEXOS:
                                  Según lo dispuesto por Artículo 425 del C.P.C, el mismo, que está en  concordancia con  el Inciso 8 del punto primero de la Res. Adm. Número 014-93 C.E – P.J.   y a efectos de individualizar físicamente a los medios probatorios, anexo lo siguiente:

Anexo 1.a.-  Copia  Legible de mi Documento Nacional de Identidad
Anexo 1.b.-  Partida de nacimiento de Anabel Lucero Quispe Quispe
Anexo 1.c.-  Copia  Legible de mi DNI de Anabel Quispe Quispe
Anexo 1.d.-  Constancia de estudios de la menor Anabel Lucero Quispe Quispe
Anexo 1.e.-  Cinco tomas fotográficas de la familia.
Anexo 1.f.-   Boletas de pago de diversos gastos en salud, vestimenta y otros
Anexo 1.g.-  Cuatro Tarjetas de pago del colegio Claudio Galeno
Anexo 1.h.-  Certificado de la gobernación de no tener trámites administrativos
Anexo 1.i.-   Dos Contratos de alquileres del bien inmueble a terceros
Anexo 1.j.-   Partida de nacimiento de mi menor hijo Luis Carrazco Quispe.
Anexo 1.k.-  Licencia de apertura del establecimiento  comercial
Anexo 1.l.-   Boletas de pago por seguro de viudez a mi favor.
Anexo 1.ll.-  Diez copias de los ingresos por confección de vestir
Anexo 1.m.- Testimonio del bien Inmueble de mi propiedad
Anexo 1.n.-  Copia  del Documento Nacional de Identidad del testigo
Anexo 1.ñ.-  Copia  del Documento Nacional de Identidad del testigo
Anexo 1.o.-  Copia  del Documento Nacional de Identidad del testigo
Anexo 1.p.- Declaración Jurada de desconocer el domicilio del demandado
Anexo 1.q.- Declaración Jurada de poseer solvencia económica
Anexo 1.r.- Declaración Jurada de poseer solvencia moral del recurrente
Anexo 1.s.- Declaración Jurada de prestar consentimiento.
Anexo 1.t.- Resolución Nro. 03 admite la contestación
Anexo 1.u.- Un Pliego interrogatorio para la declaración referencial de la menor
Anexo 1.v.- Tres Pliegos interrogatorios para la declaración testimonial
Anexo 1.w.- Tasa Judicial por Ofrecimiento de medios probatorios
Anexo 1.x.- Cedulas  suficientes para el traslado de ley
Anexo 1.y.- Copias de la demanda y sus recaudos en número suficiente para el traslado de Ley. 
                                     POR LO EXPUESTO:

                                     De calificar en forma positiva la presente demanda, pido a usted, señor juez, admitirla a trámite, dar por ofrecidos los medios probatorios y correr el traslado respectivo al demandado para que comparezca al proceso.

PRIMER  OTROSI.- Atendiendo a que el domicilio del demando se ignora solicito a su despacho que se me confiera un extracto de la demanda y auto admisorio para efectuar los edictos correspondientes en aplicación del art 165 de la norma adjetiva

SEGUNDO OTROSI.- De conformidad con el Artículo 61 inc. 1 Indica  que cuando no se posible emplazar válidamente al demandado por ser indeterminado incierto o con domicilio o residencia ignorada es factible el nombramiento del curador procesal cargo que recaerá en un abogado nombrado por el Juez.

                                                            Juliaca, 15 de Agosto del 2015


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